lunes, 28 de enero de 2013

Dilema del prisionero: ¿Cooperar o competir?


El dilema del prisionero es un problema fundamental de la teoría de juegos que muestra que dos personas pueden no cooperar incluso si en ello va el interés de ambas.
Fue desarrollado originariamente por Merrill Flood y Melvin Dresher mientras trabajaban en RAND en 1950. Albert W. Tucker formalizó el juego con la frase sobre las recompensas penitenciarias y le dio el nombre del "dilema del prisionero" (Poundstone, 1995).
Es un ejemplo de problema de suma no nula. Las técnicas de análisis de la teoría de juegos estándar, por ejemplo determinar el equilibrio de Nash, pueden llevar a cada jugador a escoger traicionar al otro, pero ambos jugadores obtendrían un resultado mejor si colaborasen.
En el dilema del prisionero iterado, la cooperación puede obtenerse como un resultado de equilibrio. Aquí se juega repetidamente, por lo que, cuando se repite el juego, se ofrece a cada jugador la oportunidad de castigar al otro jugador por la no cooperación en juegos anteriores. Así, el incentivo para defraudar puede ser superado por la amenaza del castigo, lo que conduce a un resultado cooperativo.

Examen Lunes


Examen Lunes.-
Preguntas:
1-Diferencias entre moral y ética.
2-Caracteristicas de la acción moral
3-La conciencia moral
4-El desarrollo de la conciencia moral según Kohlberg.
5-Los valores morales y la ética de mínimo en Jürgen Habermas.
6-Relacion entre la ética y la política.
7- El realismo político de Nicolás de Maquiavelo.
8-La crítica al estado del anarquismo y el marxismo.
9-El contractualismo clásico.(JJ Rousseau y T. Hobbes)
10-El neocrontactualismo de Jonh Rawls.
11- Define y compara Iusnaturalismo y positivismo jurídico.
12- Comentario de texto.
13-El dilema del prisionero.

Positivismo jurídico



El iuspositivismo o positivismo jurídico es una corriente de pensamiento jurídico. La principal tesis del iuspositivismo es la separación conceptual entre moral y derecho, que supone un rechazo a una vinculación lógica o necesaria entre ambos. A la vez, el iuspositivismo define las instituciones jurídicas como un tipo particular de instituciones sociales.1
No existe una definición universalmente aceptada de iuspositivismo. Sin embargo, sus diferentes versiones tienen en común un planteamiento antimetafísico, defendiendo que el objeto de estudio de la ciencia jurídica es, exclusivamente, el derecho positivo; y que éste tiene, en su origen y desarrollo, una relación directa con determinados fenómenos sociales.

Iusnaturalismo


El iusnaturalismo o Derecho natural es una teoría ética y un enfoque filosófico del derecho que postula la existencia de derechos del hombre fundados en la naturaleza humana, universales, anteriores y superiores (o independientes) al ordenamiento jurídico positivo y al derecho fundado en la costumbre o derecho consuetudinario.

lunes, 21 de enero de 2013

Ejercicio comentario de texto de Rousseau


Reduzcamos todo este balance a términos fáciles de comparar. Lo que pierde el hombre por el contrato social es su libertad natural y un derecho ilimitado a todo cuanto le tienta y que puede alcanzar; lo que gana es la libertad civil y la propiedad de todo cuanto posee. Para no engañarnos en estas compensaciones, hay que distinguir bien la libertad natural que no tiene más límite que las fuerzas del individuo, de la liubertad civil, que está limitada por la voluntad general, y la posesión, que no es más que el efecto de la fuerza o el derecho del primer ocupante, de la propiedad que no puede fundarse sino sobre un título positivo.
Según lo `precedente, podría añadirse a la adquisición del estado civil, la libertad moral, la única que hace al hombre autenticamente dueño de sí; porque el impulso del simple apetito es esclavitud y la obediencia a la que uno se ha prescrito es libertad.

Solución:
b) Gana la libertad civil y la posesión de todo lo que tiene. También puede añadirse la libertad moral, que es lo que convierte al hombre dueño de sí.
c) La libertad natural tienes los límites en las fuerzas del propio individuo y la libertad civil tiene sus limites en la voluntad general y la posesión.

lunes, 14 de enero de 2013

El buen salvaje


El buen salvaje, noble salvaje, o mito del buen salvaje es un lugar común o tópico en la literatura y el pensamiento europeo de la Edad Moderna, que nace con el contacto con las poblaciones indígenas de América. Este mito, aun hoy en día, se ha convertido en parte del imaginario de muchas personas sobre la relación entre los pueblos "civilizados" y los "primitivos".
 , los derechos y deberes de los individuos constituyen las cláusulas del contrato social, en tanto que el Estado es la entidad creada para hacer cumplir con el contrato. Del mismo modo, los hombres pueden cambiar los términos del contrato si así lo desean; los derechos y deberes no son inmutables o naturales. Por otro lado, un mayor número de derechos implica mayores deberes; y menos derechos, menos deberes.

Definicion de contrato social


En filosofía política, ciencia política y sociología, el contrato social es un acuerdo real o hipotético realizado en el interior de un grupo por sus miembros, como por ejemplo el que se adquiere en un Estado en relación a los derechos y deberes del estado y de sus ciudadanos. Se parte de la idea de que todos los miembros del grupo están de acuerdo por voluntad propia con el contrato social, en virtud de lo cual admiten la existencia de una autoridad, de unas normas morales y leyes, a las que se someten. El pacto social es una hipótesis explicativa de la autoridad política y del orden social.


El contrato social, como teoría política, explica, entre otras cosas, el origen y propósito del Estado y de los derechos humanos. La esencia de la teoría (cuya formulación más conocida es la propuesta por Jean-Jacques Rousseau) es la siguiente: Para vivir en sociedad, los seres humanos acuerdan un contrato social implícito, que les otorga ciertos derechos a cambio de abandonar la libertad de la que dispondrían en estado de naturaleza. Siendo así, los derechos y deberes de los individuos las cláusulas del contrato social, y el estado la entidad creada para hacer cumplir con el contrato. Del mismo modo, los hombres pueden cambiar los términos del contrato si así lo desean; los derechos y deberes no son inmutables o naturales. Por otro lado, un mayor número de derechos implica mayores deberes; y menos derechos, menos deberes (aunque no siempre; por ejemplo, las mujeres en algunos países del Islam sólo tienen deberes y apenas derechos).